La Corte Europea de Derechos Humanos de Estrasburgo condenó a Italia en su larga disputa por mantener una tradición incorporada a la ley de familia que obliga a los hijos de las parejas casadas a adoptar únicamente el apellido del padre.
El tribunal europeo tomó la postura de una pareja italiana que luchó durante 15 años para que sus hijos llevaran el apellido de soltera de la madre, en lugar del paterno.
El recurso fue presentado por los cónyuges Alessandra Cusan y M. Luigi Fazzo a quienes la autoridad italiana ipedió registrar a su hija con el apellido de la madre.
La pareja querìa perpetuar el apellido de abuelo materno, considerando un filàntropo, cuyo unico hijo varón no tuvo descendencia.
Los jueces pidieron a Italia adoptar reformas legislativas o de otro tipo para remediar la violación a los derechos de la pareja.
El fallo concluyó que la ley italiana que prohíbe que los hijos sean registrados bajo el apellido materno era patriarcal, discriminadora y una violación de los derechos individuales.